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La persecución por género se tendrá en cuenta en la solicitud de asilo Mayo 31, 2007

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La persecución por género se tendrá en cuenta en la solicitud de asilo

Escrito Por: Begoña Astigarraga

Genero:
martes, 01 de mayo de 2007
Solange Tragodara lleva casi tres años tratando de obtener el estatuto de refugiada y recientemente ha recibido en Bilbao un ‘no’ por respuesta. Salió de su Perú natal con su novia, dejando una vida acomodada, trabajo y familia, y nunca regresó. Los motivos eran de peso. Allí Solange sufrió palizas, amenazas, un secuestro de horas y un intento de violación por el hecho de ser mujer, lesbiana y dirigir una ONG por los derechos homosexuales en un país donde ser lesbiana no está penado por la ley, pero sí por la cultura social. “El proceso de solicitud de asilo es traumatizante”, explica Solange.“Hay que explicar una historia personal muy dura a gente que no conoces de nada, una y otra vez. Te piden papeles que justifiquen que no mientes y eso es muy difícil de obtener en el país de donde huyes, donde la policía se niega a certificar en la denuncia que el motivo de la agresión esta motivado por ser lesbiana y activista. Dirán que es un acto de delincuencia, sin más.”Ahora se encuentran en un limbo legal, ya que la Policía les ha devuelto el pasaporte para que abandonen el país. No pierde la esperanza de que la nueva reforma de la ley de asilo le ayude a resolver el recurso a su favor y poder traerse a su hijo de ocho años a Bilbao. “Sólo cuando el miedo cala tan profundo, te decides a dejarlo todo”, asegura Solange. “Vivir sin miedo no tiene precio”.

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La teoríaLa Ley de Asilo española ha sido modificada por una disposición adicional al aprobarse la Ley de Igualdad que permite la aplicación de la norma internacional “a las mujeres extranjeras que huyan de sus países de origen debido a un temor fundado a sufrir persecución por motivos de género”.El derecho de las personas a solicitar asilo en otros países cuando son, o temen ser, perseguidas por motivos de raza, religión, nacionalidad, por pertenecer a determinado grupo social o por defender ciertas ideas políticas está reconocido por la Convención de Ginebra desde 1951. Se trata de un derecho fundamental que, sin embargo, no reconoce la persecución por razones de género entre los motivos para buscar asilo en países donde la legislación les proteja.
Se puede decir que existe persecución por motivos de género cuando las violaciones de los derechos fundamentales tienen relación con el papel que se le asigna a alguien por pertenecer a un sexo, debido a su orientación sexual o identidad de género. Se manifiesta de múltiples formas: puede tratarse de explotación sexual forzosa, persecución por activismo feminista u homosexualidad, violación como arma de guerra, crímenes ‘de honor’ o mutilación genital.En muchos casos es el Estado, a través de sus instituciones o autoridades, quien se convierte en el agente que persigue. Sin embargo, la mayor parte de las violaciones de los derechos fundamentales contra las mujeres son perpetradas por agentes no estatales: la propia familia, el grupo comunitario al que se pertenece o la estructura social.Pese a que desde los años 50 se han ido creando leyes que protegen a las mujeres, la normativa internacional sobre personas refugiadas todavía no refleja de forma efectiva el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres. El Parlamento Europeo insta a sus países miembros a tener en cuenta el factor de género a la hora de evaluar las solicitudes de asilo y el Gobierno Español no podía eludir su responsabilidad en este sentido.En abril de 2001, la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer de la Cortes Generales, solicitó al Gobierno que reconociera el derecho de asilo por motivos de género y que tuviera en cuenta este aspecto en los procedimientos de solicitud de asilo. En junio de 2005 se abría un precedente cuando el Gobierno español reconoció por primera vez el derecho de asilo a una mujer que había sufrido violencia de género en su país de origen.Con la aprobación de la Ley de Igualdad en España el pasado mes de marzo, se ha introducido una disposición adicional a la Ley de Asilo para que sea “de aplicación a las mujeres extranjeras que huyan de sus países de origen debido a un temor fundado a sufrir persecución por motivos de género”.“No entra”

Desde la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) en Euskadi, ALDARTE, el Colegio de Abogados de Bizkaia, Hegoak, Mujeres del Mundo, y la Facultad de Derecho de la UPV se desarrolla una campaña de presión política que persigue informar sobre este tipo de persecución e impulsar la aplicación de la ley.

Itziar Caballero, coordinadora de la campaña “No Entra”, considera que hay que tomar con cautela la reforma de la ley porque hay una distancia importante entre su aprobación y la forma limitada en que se aplica”. Además, “existe una política de negación de asilo, que se refleja en que el 95 por ciento de las solicitudes que se presentan en España son denegadas, aunque luego la Audiencia Nacional revoque el 10 por ciento de estas decisiones”, aclara Caballero. El asilo es una práctica en crisis en los países desarrollados que, según la Agencia para los Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR), tiene mucho que ver con la política de cierre de fronteras .

Fuente: http://www.vocesdelmundo.org/content/view/110/16/ 

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